Principio in dubio pro reo

In dubio pro reo es un principio jurídico del Derecho Penal que implica la presunción de inocencia. Esto significa que en caso de que el Juez o el Tribunal tenga alguna duda sobre la culpabilidad del acusado, o bien considera que las pruebas son insuficientes, el acusado debe considerarse inocente.

Se trata de un principio jurídico de obligado cumplimiento. Como veníamos diciendo, su aplicación práctica está basada en el principio de presunción de inocencia. La acusación particular y popular, así como el Ministerio Fiscal (o Fiscalía) tienen la responsabilidad de demostrar la culpabilidad del acusado con pruebas pertinentes y veraces.

Si el Juez, una vez se hayan presentado las pruebas y haya finalizado el juicio, sigue teniendo dudas, su decisión siempre debe favorecer al acusado, por lo que tendrá que emitir una sentencia absolutoria.

Su aplicación está relacionada con el principio de legalidad y el principio general de irretroactividad de la Ley Penal.

  • El principio de legalidad implica que solo una ley previamente aprobada, puede establecer las conductas constitutivas de delito y, por lo tanto, cuáles será la sanción aplicables a las mismas.
  • El principio de irretroactividad conlleva la imposibilidad de aplicar una norma a hechos anteriores a la promulgación de la misma.

 

Diferencias entre «in dubio pro reo» y la presunción de inocencia

La diferencia principal entre ambos es básicamente su regulación legal.

In dubio pro reo es un principio jurídico del Derecho Penal, mientras que el principio de presunción de inocencia es un derecho fundamental que se encuentra reconocido en el artículo 24 de la Constitución Española.

 

1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.

2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.

La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.

 

Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, la presunción de inocencia es un principio imperativo de carácter público que ampara al acusado e implica que no se puede declarar culpable a nadie mientras no se demuestre su culpabilidad.

El principio in dubio pro reo solo se aplicará al finalizar un proceso judicial y siempre que, tras valorar las pruebas aportadas, el Juez o Tribunal alberga dudas acerca de la culpabilidad del acusado.