Delitos sexuales o contra la libertad e indemnidad sexual

Agresión Sexual
realización de actos que atenten contra la libertad sexual de una persona empleando violencia o intimidación. En función de la concurrencia de determinadas circunstancias la agresión puede verse agravada y, por tanto, la pena.
Art. 178 Código Penal.

Abuso sexual
A diferencia de la agresión sexual para la comisión de este delito no se requiere violencia o intimidación. Se tiene que atentar contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. Igualmente puede verse agravada la pena en función de diversas circunstancias.
Art. 181.1 Código Penal.

Acoso sexual
Delito en el que el autor/es solicitan favores sexuales para si o para un tercero en el ámbito de una relación laboral, docente o de prestación de servicios, cuando tal reclamación sea continuada y tal comportamiento provoque en la víctima una situación intimidatoria, hostil o humillante. Art. 184 del Código Penal. Tambien puede acontecer diecho acoso si se abusa de una situación de superioridad laboral, docente o jerárquica, anunciando un mal relacionado con las legítimas expectativas que pudiera tener la víctima en el ámbito mencionado.
Art.184.2 Código Penal.