La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid en resolución, de fecha 3 de octubre de 2011, estimó recurso de apelación contra Sentencia dictada, en el seno de un juicio de faltas, y, por tanto, revocó la misma por haberse vulnerando, principalmente, el derecho constitucional a la defensa y a la asistencia letrada, ocasionando una efectiva y real indefensión.
La base fáctica de la que se deduce la infracción es clara puesto que se celebró el correspondiente juicio de faltas ante el Juzgado de Instrucción sin permitir al letrado, designado por el turno de oficio, intervenir en el mismo so pretexto de que la persona denunciada, a la que representaba, no había acudido al acto del juicio.
De esta forma, se produjo una evidente infracción de las normas procesales al no proceder a suspender el acto del juicio ni permitir la intervención del letrado del denunciado, que no pudo proponer prueba, actuar en su práctica, ni valorar su resultado.