Delito de maltrato (art 153.1 y 3 C.P.) y de amenazas (art. 171.4 y 5 C.P.). Absolución. Alcalá de Henares.
Cliente que nos llama a las 23 horas de un día cualquiera. Está detenido en una comisaría. Lo asistimos ese día. Pasa a disposición judicial y lo defendemos y asesoramos. Preguntamos, junto con el Juez y el Fiscal, a quién interpuso la denuncia. Aparecen las primeras contradicciones. Los testigos no presenciaron nada. El Instructor lo pone en libertad. El Ministerio Fiscal presenta escrito de acusación por los delitos de maltrato y amenazas en el ámbito familiar y nosotros escrito de defensa (o de conclusiones provisionales). Vamos a juicio y en el mismo ponemos de manifiesto las contradicciones relevantes del testimonio del denunciante. Concluye el juicio. Resultado: absolución.
Contar con un abogado especializado en Derecho Penal desde el momento de la detención es muy importante. A los hechos y al resultado nos remitimos.