STS 2011_1016 SEGI
El pasado día 30 de septiembre se dictó Sentencia por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.- caso Segi.- que casó y anuló la Sentencia, de fecha 19 de octubre de 2010, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que condenó a varias personas por delito de integración en organización terrorista a la pena de 6 años de prisión a cada una de ellas con la accesoria de inhabilitación especial para el empleo o cargo público por el tiempo de 6 años.
Se estimó el recurso de casación formulado por los interesados con base en la vulneración de las exigencias constitucionales del derecho a la tutela judicial efectiva, consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española, que proclama, según la jurisprudencia, el «deber de motivar» tanto la prueba de cargo presentada por la acusación como la de descargo ofrecida por la defensa.
En este sentido, la Sala Segunda argumenta y razona dicha conculcación por el hecho de que no aparece referencia alguna en la Sentencia de la Audiencia Nacional a las pruebas practicadas en juicio oral propuestas por las defensas de los condenados y que fueron admitidas en su día por tener relación con los hechos.
Por consiguiente, se anuló la sentencia por faltar la necesaria ponderación de la prueba de descargo, aunque fuere para rechazarla y, sin conminar a la repetición del juicio oral, se acordó la devolución de las actuaciones al órgano jurisdiccional sentenciador para que dicte nueva sentencia con arreglo a derecho.