Las consultas sobre los problemas con el juego (las adicciones, para ser más precisos) han aumentado en los últimos años. Sin embargo, hay que tener en cuenta que hay ciertas cuestiones al respecto que han cambiado en los últimos tiempos.
Concretamente, el manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales de la Asociación Estadounidense de Psiquiatría DSM-5, incorporó recientemente el juego patológico o ludopatía (F63.0) como un trastorno adictivo, lo que sienta un importante precedente.
Al incluirlo en este documento y diferenciarlo de los trastornos «por falta de control de los impulsos» como la cleptomanía o la piromanía, estamos en presencia de un cambio de clasificación que altera el abordaje desde lo penal de la ludopatía y los delitos asociados a ella.
A la par del consumo de sustancias
El DSM-5 establece, tras estas últimas actualizaciones, que se refleja la prueba de que «los comportamientos del juego activan sistemas de recompensa (…) similares a los trastornos relacionados con el consumo de sustancias», lo que determina algunos criterios a efectos de definir al trastorno como leve o grave y, entre ellos, la necesidad de apostar, el nerviosismo al intentar abandonar el juego, etc.
Teniendo en cuenta que se calcula según estadísticas del Observatorio Español de las Drogas y las Adicciones del Ministerio de Sanidad que aproximadamente el 2,2% de la población española convive con trastornos del juego -cerca de un millón de personas en el país-, entonces es clave destacar que la ludopatía actúa como una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal.
¿Qué dice la jurisprudencia?
La resolución del Tribunal Supremo en torno a la ludopatía en el marco de la comisión de un hecho delictivo (STS no 311/2021 de 13 de abril), entiende que para reconocer su adicción al juego y otorgar la atenuación de la pena, faltaban requisitos específicos, como una adicción grave y que la actividad delictiva estuviera al servicio de esa adicción reconociendo así, implícitamente, que de haberse cumplido esas condiciones, en efecto, la pena impuesta habría sido atenuada por el vicio.
Nuestra experiencia en la materia nos obliga a ver lo definido por la Sección Nº 23 de la Audiencia Provincial de Madrid en la Sentencia Nº 230/2020 de 30 de marzo, en la que se desestimó una defensa que pretendía justificar un hecho delictivo a partir de que éste se cometió con posterioridad a la pérdida de dinero como consecuencia del juego, cuando es imperioso que el evento tuviera lugar antes de la apuesta.
¿Qué hacer ante un delito que involucra la ludopatía?
Frente a la posibilidad de reclamar un atenuante de ludopatía en el Derecho Penal español, es indispensable que confíes en un abogado penalista actualizado sobre los cambios en los documentos y en las leyes, y que pueda asesorarte para plantear una defensa exitosa, en la que no se pase por alto el cumplimiento de estos requisitos tal cual lo señala la ley.